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El DNU derogó la doble indemnización para el personal de casas particulares no registrado

"La indemnización prevista por el artículo 48 de esta ley, o las que en el futuro las reemplacen, se duplicará cuando se trate de una relación laboral que al momento del despido no estuviera regi...

El DNU derogó la doble indemnización para el personal de casas particulares no registrado

"La indemnización prevista por el artículo 48 de esta ley, o las que en el futuro las reemplacen, se duplicará cuando se trate de una relación laboral que al momento del despido no estuviera regi...

"La indemnización prevista por el artículo 48 de esta ley, o las que en el futuro las reemplacen, se duplicará cuando se trate de una relación laboral que al momento del despido no estuviera registrada o lo esté de modo deficiente", se indicaba en el artículo 50 que fue anulado en el DNU.

Fuente: https://www.telam.com.ar/notas/202312/650208-el-dnu-deroga-la-doble-indemnizacion-para-el-personal-de-casas-particulares-no-registrado.html

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