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Casación confirmó condenas por una explotación sexual de hace 10 años

La Sala II de la Cámara Federal de Casación Penal acaba de confirmar la cond...

Casación confirmó condenas por una explotación sexual de hace 10 años

La Sala II de la Cámara Federal de Casación Penal acaba de confirmar la cond...

La Sala II de la Cámara Federal de Casación Penal acaba de confirmar la condena a 4 personas de nuestro medio que hace más de 10 años habían explotado sexualmente, con fines económicos, a 16 mujeres extranjeras que vivían en Bahía pero "atendían" en bares de Villarino.

Lo llamativo del caso es que los acusados y sus defensas, en mayo pasado, habían acordado con la acusación fiscal un juicio abreviado, pero luego presentaron una apelación que ahora es rechazada por Casación. a través del voto unipersonal del juez Guillermo Yacobucci.

Se trata de Héctor Luis Toto, de 62 años, con domicilio actual en Holdich al 1.700, quien recibió 5 años de prisión tras ser acusado del delito mencionado en calidad de autor; su pareja, la paraguaya Gricelda Correa González (38 años y nacida en Ciudad del Este), fue sentenciada a 2 años y medio de prisión en suspenso, como partícipe secundaria.

También fueron condenados Maximiliano Héctor Toto (36), hijo de Héctor, quien recibió 3 años de prisión de ejecución condicional y Carlos Alberto Mercere (66), quien era encargado de los locales y le impusieron 2 años y medio en suspenso. Ambos también por participación secundaria.

Los últimos tres deben cumplir distintas reglas de conducta mientras dure la pena y Toto hijo, además, realizar trabajos no remunerados en favor del club Kilómetro 5, a modo de tareas comunitarias.

Según el fallo de origen del juez Sebastián Foglia, del Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Bahía Blanca, quedó probado que el grupo sometía a 16 mujeres extranjeras que vivían en Bahía pero obligaban a trabajar de prostitutas en locales de Mayor Buratovich y Pedro Luro, con fecha incierta pero anterior al 11 de diciembre de 2013 y hasta el 14 de abril de 2015.

La causa se originó tras un llamado al número gratuito 145 (Programa Nacional de Rescate y Acompañamiento a las Personas Damnificadas por Trata de Personas) el 11 de diciembre de 2013.

El denunciante, que no se identificó, había informado que 4 días antes se había abierto un local nocturno en Buratovich, ubicado en la calle 27 de abril al 1.300, que se llamaba Ellas y ellos y tenía como fachada una confitería pero había 16 paraguayas que eran explotadas sexualmente.

La investigación permitió avanzar hasta reunir pruebas que llevaron a las condenas.

Según la información reunida por personal de la Prefectura, las mujeres eran trasladadas desde Bahía Blanca en una combi (blanca y naranja) para ser sometidas al ejercicio de la prostitución, con retención del 50% de lo recaudado.

Prolongadas intervenciones telefónicas, en especial a Héctor Toto, permitieron determinar cómo era la trama.

Acordaron, pero apelaron

Los defensores y los propios acusados estuvieron de acuerdo en firmar el juicio abreviado con la imputación y el monto de la pena, aunque luego decidieron apelar ante la Cámara Federal de Casación Penal, por considerar que "no había motivación suficiente" para acreditar la materialidad del hecho y la responsabilidad de los procesados.

"Dicho acuerdo fue ratificado libre y voluntariamente por los imputados y su asistencia técnica en ocasión de celebrarse la audiencia prevista por el artículo 431 bis del Código Penal", explicó el juez Yacobucci.

Agregó que el juicio abreviado "implica que las partes han acordado un determinado trámite donde se vuelca el reconocimiento sobre el hecho, su título de imputación, la responsabilidad y consecuencias jurídicas allí identificadas respecto de los acusados".

Y aún sin atender el acuerdo alcanzado, explicó Casación que no se puede aceptar la apelación y se debe ratificar la sentencia.

"Entiendo que la responsabilidad en el hecho por parte de los causantes y la subsunción jurídica seleccionada en el fallo impugnado encontró sustento en numerosos elementos de cargo que el Tribunal Oral Federal ponderó con sentido crítico para formar su convicción", se aclaró.

Casación hizo especial hincapié en las escuchas telefónicas -que para el tribunal fueron "concluyentes"- y los testimonios de los agentes de seguridad que investigaron.

Las pruebas dan cuenta "que todo el entramado delictivo tenía por finalidad la explotación económica del ejercicio de la prostitución que las mujeres ejercían en los locales de Héctor Toto, en acuerdo con el encausado, para luego distribuir entre todos, el dinero obtenido de las 'copas' y 'pases' efectuados por estas, y la participación secundaria en los hechos de los demás consortes", concluyó.

Lo reconocieron

Admisión. La Cámara Federal de Casación Penal no dejó de marcar que todas las pruebas se complementan con "el reconocimiento" efectuado por los propios acusados en el juicio.

Corroborado. "Esto permite corroborar que los hechos existieron y fueron cometidos por ellos, tal como asumieron al momento de suscribir el acuerdo de juicio abreviado", se dijo en el fallo.

Fundamentación. "Debo decir que la decisión adoptada por el tribunal luce, entonces, fundamentada y exenta de los vicios de arbitrariedad alegados" por quienes recurrieron, cerró Casación.

Fuente: https://www.lanueva.com/nota/2024-10-19-5-0-56-casacion-confirmo-condenas-por-una-explotacion-sexual-de-hace-10-anos

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